jueves, 21 de agosto de 2014

¿Loca ella y loco yo?

¿Loca ella y loco yo? - Editorial del 22 de agosto de 2014
Con esta apelación a la parte medular de la "Balada para un loco", de Horacio Ferrer y Astor Piazzolla, que revolucionara el tango en la década del '70, se me ocurrió titular la página de hoy, que va a volver a referirse, después de mucho tiempo, a un tema político local.
Obviamente, y para aquellos que tienen la versión impresa con más razón porque verán la noticia en la hoja enfrentada, me estoy refiriendo al tan zarandeado asunto de la venta de los lotes ubicados sobre calle Libertad, entre Alem y Grieve, y todo lo que giró alrededor de este tema desde que el Departamento Ejecutivo Municipal decidiera elevar el proyecto al Honorable Concejo Deliberante, este lo tratara, primero lo rechazara, luego lo diera por aprobado, y por último el Sr. Presidente Municipal, Don Silvio Valenzuela, decidiera vetarlo. Ello en uso de las atribuciones que le otorga la nueva Orgánica de Municipios Ley Nº 10.027, sancionada el 10 de mayo de 2011, promulgada ese mismo día y publicada al día siguiente, con lo que ocho días después ya estaba vigente y se reputaba conocida por todos los habitantes de la provincia, siendo entonces de cumplimiento obligatorio, según su artículo 1º, para todos los Municipios que no estén habilitados para dictar sus propias Cartas Orgánicas (o sea para aquellos que, como Basavilbaso, tienen menos de 10.000 habitantes), y para los Municipios que no hayan dictado sus propias Cartas Orgánicas, estando habilitados para hacerlo por el Artículo 231º de la Constitución Provincial. El derecho a veto está expresamente previsto en el inciso c) del art. 107 de la citada ley.
Recordemos acá que la discusión comenzó con la interpretación que se le daba al art. 99º de la misma ley, que dice textualmente que: "Todas las sanciones y resoluciones del Concejo Deliberante serán tomadas a simple mayoría de votos de los presentes, con las excepciones siguientes: 1º.- Se requiere el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de los miembros del Concejo: a) Para enajenar o gravar los bienes o rentas de propiedad municipal".
Como hemos seguido estos hechos desde el comienzo, y se nos consultó al respecto en nuestro carácter de profesional del Derecho, vamos a intentar explicar brevemente cuál es el quid de esta cuestión. El hecho se desencadena porque el Ejecutivo Municipal tomó la determinación de vetar la Ordenanza Nº373/2014. Esto no tendría nada de particular, si no fuera que el Proyecto había sido impulsado por el DEM y preveía la venta de un inmueble de 3.475 metros cuadrados, en 13 lotes, sobre la calle Libertad entre Alem y Grieve, con lo que se pensaban acumular ingresos por $1.446.295.
La iniciativa en general contaba con el respaldo unánime en el HCD, pero el bloque de la primera minoría se oponía al art. 6º, mediante el cual se pretendía autorizar al Ejecutivo a que el importe percibido por la venta de uno de los lotes (específicamente identificado) fuera afectado "por única vez" para la adquisición de elementos de protección y seguridad para el personal municipal.
La Concejal Silvina Pérez fue la que llevó la "voz cantante" en este reclamo, lo que le ocasionó, entre otros inconvenientes, una ruptura interna dentro del bloque de la UCR, y la posterior renuncia del Concejal Dr. Raúl Ascaino, que sintió menoscabada su condición de abogado al ser específicamente consultados otros profesionales del Derecho, que opinaban distinto que él, y que, obviamente, llevaron no solo a que no se votara ese día para dar la mayoría absoluta que requería la norma que mencionamos al principio, sino también, al día siguiente, a oponerse al despropósito que significaba pretender darla por aprobada por minoría simple, al influjo de un cambio rotundo de opinión, de la noche a la mañana, del Asesor Legal del cuerpo.
No vamos a profundizar más el relato de los hechos, porque lo hemos publicado ampliamente en nuestras sucesivas ediciones impresas, y no es justamente el propósito de estos editoriales el de hacer una crónica, sino un análisis.
Es por eso que, en principio, debemos decir que nos gustó muchísimo la actitud asumida por la Concejal Pérez, no solo por la fortaleza de espíritu en "aguantar" la presión, sino porque demuestra que no está de más la formación específica en general, y la que se debe tener en particular cuando se va a tratar cada tema. Uno puede discutir si para ejercer la política hay que tener alguna capacitación especial, pero sin llegar al elitismo, alguna vez dijimos que por definición, el Concejo Deliberante exige "deliberar", lo que, según el diccionario, significa "meditar y considerar las opciones a favor y en contra antes de tomar una decisión".
Acá en Basso nos conocemos todos, y nosotros particularmente desde esta página, en 858 editoriales que llevamos escritos, nunca hemos hecho imputaciones de carácter personal, ni hemos juzgado a nadie por sus actos privados, porque no nos corresponde hacerlo. Pero sí lo hicimos, lo hacemos y lo haremos, en cuánto al ejercicio de su función pública, para la que se propusieron, los eligieron, la desempeñan, y cobran por ello un emolumento que se llama dieta.
Tenemos muchísimo respeto y afecto (queremos recalcarlo, aunque ellos lo saben), tanto por Verónica Obispo como por Ariel "Toto" Reyna, ambos Concejales del oficialismo. Pero creemos que sus afirmaciones, que vamos a transcribir acá porque las consideramos sumamente importantes tanto para el tratamiento de la cuestión como para la impresión respecto a cuál debe ser el rol de un legislador, fueron inadecuadas, fuera de lugar, y tan arriesgadas que hoy los hacen quedar a los dos, como se dice en la calle, "en orsai". La Concejal Obispo dijo, una vez que se decidió dar por aprobada por minoría simple la norma que el día anterior había sido rechazada, que: "Cuando necesito saber algo le consulto al asesor, para eso tenemos al abogado...no necesitamos hacer otras consultas...este es un tema que hemos tratado durante mucho tiempo en Comisión...¡ya está! Es suficiente"; mientras que Reyna, más o menos en sintonía con eso, argumentó: "Aburren las exposiciones sobre un tema que venimos charlando desde hace casi un mes. Durante todo ese tiempo escuchamos, y respetamos a nuestro asesor legal, además de valorar el aporte de otro profesional como el Dr. Ascaino, quien estaba de acuerdo con lo que está aprobado". El edil preguntó: "¿cómo van a hacer (los integrantes del bloque radical) cuando vengan (al HCD) los boletos de venta, los van a aprobar o no?", "¿van a estar contra la gente"?". Entonces este editorialista, con todo respeto, pero con la autoridad que le dan tantos años de análisis político, una preparación técnica específica y también una militancia que nunca mezcló con el ejercicio de la profesión periodística, puede preguntarse: ¿Entiende, acaso, el Concejal Reyna, que el Presidente Municipal, Don Silvio Valenzuela, está "contra la gente" por haber vetado la Ordenanza?. Y respecto a ambos legisladores mencionados, ¿siguen pensando que la opinión del Asesor Legal del Cuerpo, aun cuando fue dubitativa y variable, se impone por sobre la de quienes aconsejaron a las dos integrantes "fieles" del bloque de la UCR, ahora que el dictamen del Director de Asuntos Institucionales y Jurídicos, en el que se basa el veto, coincide con lo que los mismos decían? Textualmente: "La mencionada norma se proclama sancionada no guardando una estricta concordancia entre lo reflejado entre el acta de Sesión y lo que surge de las actuaciones remitidas". Más claro, echarle agua. El asunto es que, como dijo Silvina, "El HCD no es una reunión de amigos, no es el asado de los jueves. Es una institución de la democracia que se rige por normas que hay que cumplirlas".
Nuestro profesor de Derecho Penal nos enseñó una frase emblemática: "Quién es causa de la causa, según dice la ley, es causa del mal causado…"                                           

                                    Dr. Mario Ignacio Arcusin, para Semanario Crónica de Basavilbaso

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